domingo, 21 de octubre de 2012
lunes, 17 de septiembre de 2012
Glosario de términos tributarios
Consientes de la Polisemia de las palabras y de la necesidad de facilitar un mayor entendimiento y comunicación entre quienes desempeñan funciones del ramo fiscal, se elaboro un conglomerado de términos básicos, siendo este un compuesto del conocimiento y búsqueda intensa de diversos documentos y textos recopilando de forma libre y organizada los términos mas comunes de aplicación en el ramo.
A
Actividad Industrial (p. Web. SENIAT): Toda actividad dirigida a producir, obtener, transformar, ensamblar o perfeccionar uno o varios productos naturales o sometidos previamente a otro proceso industrial preparatorio
Alícuota (p. Web. SENIAT): cantidad fija, porcentaje o escala de cantidades que sirven como base para la aplicación de un gravamen. Cuota parte proporcional de un monto global que determina el impuesto a pagar.
Actividad Comercial (p. Web. SENIAT): Toda actividad que tenga por objeto la circulación y distribución de productos, bienes y prestación de servicios comerciales y los derivados de actos de comercio, considerados como tales por la legislación mercantil.
B
Base imponible (p. Web. SENIAT): magnitud susceptible de una expresión cuantitativa, definida por la ley que mide alguna dimensión económica del hecho imponible y que debe aplicarse a cada caso concreto a los efectos de la liquidación del impuesto. Valor numérico sobre el cual se aplica la alícuota del impuesto. Cantidad neta en relación con la cual se aplican las tasas de impuesto.
CB
Base imponible (p. Web. SENIAT): magnitud susceptible de una expresión cuantitativa, definida por la ley que mide alguna dimensión económica del hecho imponible y que debe aplicarse a cada caso concreto a los efectos de la liquidación del impuesto. Valor numérico sobre el cual se aplica la alícuota del impuesto. Cantidad neta en relación con la cual se aplican las tasas de impuesto.
Capacidad contributiva (p. Web. SENIAT): capacidad económica de pago público
D
Determinación tributaria (p. Web. SENIAT): conjunto de actos dirigidos a precisarlas deudas tributarias y su importe.
E
Ejercicio fiscal o gravable (p. Web. SENIAT): período en el cual los contribuyentes están sujetos al cumplimiento de obligaciones tributarias, determinado a través de ley especial. Período al cual se encuentra sujeto la aplicación del tributo.
F
Fiscal (p. Web. SENIAT): relativo al Derecho financiero en general y al Derecho tributario en particular.
H
Hecho imponible (p. Web. SENIAT): presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria. Se considera ocurrido el hecho imponible y existentes sus resultados: 1. En las situaciones de hecho, desde el momento que se hayan realizado las circunstancias materiales necesarias para que produzcan los efectos que normalmente les corresponden; y 2. En las situaciones jurídicas, desde el momento en que estén definitivamente constituidas de conformidad con el derecho aplicable.
I
Impuesto (p. Web. SENIAT): Carga obligatoria que los individuos y empresas entregan al Estado para contribuir a sus ingresos. Sin los impuestos, que históricamente han tomado muy diversas formas, no podría concebirse la existencia del Estado pues éste, como entidad jurídicamente independiente de las personas privadas, no tendría recursos para realizar sus funciones: defensa, prestación de servicios, pago de funcionarios, etc. Los impuestos constituyen por ello el grueso de los ingresos públicos y la principal base para sus gastos.
O
Obligación tributaria (p. Web. SENIAT): obligación que surge entre el Estado en las distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley. Constituye un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales.
P
Período impositivo (p. Web. SENIAT): intervalo temporal tomado en consideración para efectuar el cálculo de las cantidades a pagar como consecuencia del devengo de un impuesto.
Providencia de la Administración Tributaria (p. Web. SENIAT): acto administrativo emitido por la Administración Tributaria.
R
Recaudación (p. Web. SENIAT): actividad desarrollada por la Administración Tributaria consistente en la percepción de las cantidades debidas por los contribuyentes, como consecuencia de la aplicación de las diferentes figuras impositivas vigentes en el país.
S
Sujeto pasivo de la obligación tributaria (p. Web. SENIAT): sujeto obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable.
T
Tarifa (p. Web. SENIAT): alícuota. Tipos impositivos, generalmente expresados en porcentajes, que fija la Hacienda Pública para aplicar a la base de cotización de un impuesto.
U
Unidad tributaria (p. Web. SENIAT): medida de valor expresada en moneda de curso legal, creada por el código Orgánico Tributario y modificable anualmente por la Administración Tributaria. Unidad de valor creada a los efectos tributarios como una medida que permite equiparar y actualizar a la realidad inflacionaria, los montos de las bases de imposición, exenciones y sanciones, entre otros; con fundamento en la variación del Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.).
Retenciones de IVA
Retenciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA)
La Tributación en Venezuela, ha tenido un gran auge, en lo que respecta a la recolección de ingresos por parte del Estado, es por tal razón, que la Administración Tributaria , representada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), ente creado el 16 de agosto de 1994, por la Presidencia de la República , mediante Decreto Nº 319, conforme con la Gaceta Oficial Nº 35.525, con la finalidad de controlar de manera eficaz y eficiente la recaudación.
Una de las formas de controlar el ingreso por concepto de tributo, fue la creación de la figura del Contribuyente Especial o Agente de Retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y es de esta manera, en donde la Administración se ve obligada a designar a ciertos Sujetos Pasivos, conforme a las Providencias Administrativas Nº N° SNAT/2005/0056 mediante la cual se designan agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado - Sujetos pasivos calificados como especiales, de fecha 28/02/2005. (G.O Nº 38.136)
El objetivo de este Blog, es informar sobre los aspectos más relevantes en materia de Retenciones de Impuesto al Valor Agregado para contribuyentes que han sido designados como Contribuyentes Especiales de este impuesto, según las normas, Providencias y Resoluciones vigentes, haciendo énfasis en lo que a cumplimiento de deberes formales se refiere.
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